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Respuesta anuncio colegio médicos
26-02-2008 11:30:08

CADIZ- Ante el anuncio publicitario publicado por el Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Cádiz en diferentes periódicos de la provincia titulado “Aviso a la población general” y en el que se advierte de los “supuestos” riesgos a los que se someten los usuarios con la prescripción realizada por profesionales sanitarios, este Colegio provincial de Enfermería desea aclarar lo siguiente:

Efectivamente, y tal como indica en la nota remitida por el Colegio de Médicos, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha anunciado, a través de su titular, Bernat Soria, que antes de que finalice la presente legislatura estará lista la Orden que conferirá seguridad jurídica a las actuaciones que contemplan prescripción farmacológica por los enfermeros.

Ante el riesgo de poder crear una falsa alarma entre los usuarios con afirmaciones del tipo “esta prescripción puede acarrear a los ciudadanos dos tipos de riesgo con evidentes consecuencias para su salud: confundir el diagnóstico, catalogando como leve unos síntomas que pueden corresponder a una enfermedad grave, y cometer errores en la prescripción, bien sea porque no se indique lo ajustado a la enfermedad que corresponda o porque existan efectos adversos o interacciones con otros medicamentos que esté tomando el paciente”. El presidente de los enfermeros gaditanos quiere indicar lo siguiente:

“Permítame el lector ponerle en antecedentes sobre las circunstancias que han llevado al Ministerio de Sanidad a poner en marcha la medida que es conocida como ‘prescripción enfermera’. El 26 de julio de 2006 se publicaba la ‘Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios’ conocida ya popularmente como Ley del Medicamento. Esta norma vino a establecer, por primera vez en la historia, que los únicos profesionales que pueden prescribir medicamentos son el médico y el odontólogo, una afirmación que no se incluía en la Ley del Medicamento anterior, y que generaba un problema muy grave a los enfermeros que trabajan en España. Para entender dicho problema deben conocer la definición internacionalmente aceptada del término ‘prescribir’ que va a mucho más allá que el acto de cumplimentar una receta. Prescribir supone ‘decidir’ respecto a un tratamiento (fármacos, posología, etc.), y la realidad pasa porque, aunque en la gran mayoría de los procesos asistenciales estas decisiones son tomadas por los médicos, existen un total de 170 intervenciones clínicas donde históricamente son los enfermeros quienes toman dichas decisiones ya sea de forma autónoma o siguiendo protocolos establecidos con los médicos”.

“Con la ley en la mano, y mientras no haya una regulación jurídica concreta que de legalidad a estas 170 decisiones, los 5.000 enfermeros gaditanos están cometiendo una ilegalidad que – tal y como avalan los dictámenes de dos catedráticos de derecho penal y administrativo consultados por nuestra Organización Colegial– podría calificarse como un delito de intrusismo profesional, en situaciones tan comunes como las que ocurren en las salas de curas de los centros de salud por las que pasan más de 100 pacientes a diario y en las que los enfermeros prescriben tratamientos ante quemaduras, heridas, suturas,... por tanto ¿qué ocurriría si el enfermero, en cumplimiento de la Ley sutura una herida sin aplicar anestésico ya que este es un medicamento?”.

Por todo ello, podemos afirmar que los enfermeros están cometiendo un delito de intrusismo profesional cada vez que curan una herida o una úlcera (decidiendo que apósitos, pomadas o cremas utilizar sin una indicación médica), cuando dan un analgésico a un paciente encamado, cuando ponen la vacuna de la gripe sin indicación médica específica, etc.

Cabe también recordar al Colegio de Médicos de Cádiz que respecto a la formación universitaria recibida, los enfermeros poseen el mismo número de créditos que los médicos: 14. Mientras los otros profesionales sanitarios a los que la Ley autoriza, los odontólogos, tan sólo poseen 7. Además, deben de saber que un enfermero posee tres años de formación y entre otros dos y tres de especialidad, en los que tratan con materias como de fisiología, quirúrgica, psiquiatría, geriatría, ética, etc.

Por otro lado, en la Orden se cita que para que un medicamento pueda ser “usado o autorizado” por un enfermero ésta establece como requisito imprescindible que exista (1) un consenso con los médicos, (2) un protocolo de actuación determinado que (3) necesariamente debe ser autorizado por las autoridades competentes. Cuando la patología o el problema de salud del ciudadano que llegue al enfermero no este incluido en las situaciones consensuadas y protocolizadas con los médicos, no va a “usar o autorizar” medicamento alguno, sino que lo derivará a la consulta del médico. Exactamente igual que está ocurriendo ahora.

Para ello se aprobará una lista de 21 medicamentos y 25 productos sanitarios que han sido seleccionados por el Ministerio entre los que se encuentran analgésicos, antiácidos, laxantes, antiinflamatorios o productos para dejar de fumar. Estos medicamentos no están sujetos a prescripción médica, es decir, que pueden ser comprados en la farmacia libremente.

Rafael Campos desconoce cuales son los intereses que han llevado al Colegio de Médicos a poner en marcha una campaña basada en tratar a la desesperada de desacreditar a la profesión enfermera. Sin embargo, de lo que si está absolutamente seguro es de que sean cuales sean, son ajenos a los intereses de los ciudadanos y a los intereses de los propios médicos a los que supuestamente representa puesto que es una medida realmente necesaria.

Una buena prueba de ello, es el hecho de que para el desarrollo de esta regulación el Ministerio de Sanidad no sólo cuenta con el apoyo de todos los estamentos de la Enfermería española – que se han posicionado junto a su Organización Colegial – , también del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña y de diversas sociedades científicas de médicos, entre las que destacan especialmente los que se verán más afectados: los médicos de familia que a través de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (SEMFYC) reconocen que esta medida sólo viene a dar legalidad a lo que ya hacen diariamente las enfermeras. También apoyan la medida numerosas personalidades médicas a título personal y organizaciones como la Federación de Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública y la Asociación del defensor del Paciente. Asimismo cabe señalar que no ha encontrado oposición alguna por parte de las asociaciones de pacientes ni de las asociaciones de consumidores.

Finalmente, Campos insiste en que “no ha sido nunca nuestro propósito generar conflictos y menos aún si estos pueden perjudicar a los que para nosotros son el verdadero objetivo y centro del sistema: el paciente; pero tampoco podemos permitir una situación que suponga un alto riesgo para nuestros profesionales”.

 
 
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